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Cotización al INSS 2026

INSS mensual para empleados, contribuyentes individuales y facultativos (planes del 20%, 11% y 5%) y empleados domésticos, con lo que cubre cada plan.

Estos cálculos siguen la legislación laboral y tributaria de Brasil (CLT, INSS, IRRF, FGTS) y son válidos solo para contratos de trabajo en Brasil. Los montos están en reales brasileños (R$).

Legislación y tablas vigentes al 17/10/2026: salario mínimo de 2026, tablas del INSS y del IRRF de 2026 y la reducción del impuesto a la renta de la Lei 15.270/2025.

Esta es una estimación orientativa. Los convenios colectivos y las situaciones individuales pueden cambiar los montos; no reemplaza el recibo de sueldo ni el consejo de un contador o abogado.

Quién cotiza
Tipo de asegurado

En los planes del 11% y del 5% la base siempre es el salario mínimo, por lo que no hace falta indicar el monto.

Rehacer

Qué cubre cada plan

  • Plan normal — 20% de la base declarada Cuenta para todos los beneficios del INSS y para las reglas de transición de la jubilación por tiempo de contribución. Los beneficios se calculan sobre los salarios declarados, desde el salario mínimo hasta el techo.
  • Plan simplificado — 11% del salario mínimo Para quienes trabajan por cuenta propia sin prestar servicios a empresas y para los contribuyentes facultativos. Da derecho a la jubilación por edad y a los demás beneficios por el valor del salario mínimo, pero no cuenta para la jubilación por tiempo de contribución ni para una certificación de tiempo de contribución, salvo que se pague la complementación del 9% más intereses.
  • Facultativo de baja renta — 5% del salario mínimo Para facultativos sin ingresos propios que realizan tareas domésticas en su propio hogar y pertenecen a una familia de baja renta inscrita en el CadÚnico. Misma cobertura que el plan del 11%; la complementación es del 15% más intereses.
  • MEI — 5% del salario mínimo (dentro del DAS) Se paga dentro del DAS mensual del MEI. Misma cobertura que el plan del 11%, con beneficios por el valor del salario mínimo; la complementación es del 15% más intereses.
  • Servicios a empresas — 11% retenido Cuando un contribuyente individual presta servicios a una empresa, esta retiene el 11% de la remuneración hasta el techo y paga su propio 20%. Cuenta igual que el plan del 20%.

Para conocer el costo completo de un empleado CLT para una empresa, consulte la calculadora de costo del empleado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el INSS del empleado en 2026?

Cada parte del salario se grava con la alícuota de su tramo (7.5%, 9%, 12% y 14%) y los resultados se suman, hasta el techo de R$ 8,475.55. La cotización máxima es de R$ 988.09 por mes.

¿Qué plan debe elegir un trabajador independiente?

El plan del 20% da beneficios superiores al salario mínimo y cuenta para todas las reglas. El plan del 11% es más barato, pero paga beneficios de un salario mínimo y no cuenta para la jubilación por tiempo de contribución sin la complementación.

¿Puedo pasar del 11% al 20% más adelante?

Sí. Puede cambiar de plan en los meses siguientes y puede pagar la diferencia de los meses pasados (9% o 15% más intereses) si necesita que ese tiempo cuente para la jubilación por tiempo de contribución.

¿Quién paga el INSS del empleado doméstico?

El empleador retiene la parte del empleado del salario y la paga junto con las cotizaciones patronales en un único DAE mensual, a través del eSocial.

Cómo funciona el cálculo del INSS

Esta página muestra la cotización mensual al INSS en 2026 para las tres situaciones más comunes en Brasil: empleados bajo la CLT, contribuyentes individuales y facultativos que pagan por su cuenta la seguridad social, y empleados domésticos junto con la parte del empleador en el DAE. Elija el tipo de asegurado, ingrese el salario o la base de cotización y consulte el monto, la alícuota efectiva y el total anual. Para los planes del 11% y del 5% no hace falta ningún monto, porque siempre se calculan sobre el salario mínimo. Debajo del resultado, la página explica qué cubre cada plan para que elija el que se ajusta a su objetivo.

El INSS del empleado y del doméstico sigue la tabla progresiva de la Portaria Interministerial MPS/MF 13/2026 (Ordenanza Interministerial): 7.5%, 9%, 12% y 14% en cada tramo, hasta el techo de R$ 8,475.55. Para los contribuyentes individuales, la página aplica la Lei 8.212/1991 (Ley 8.212/1991), artículo 21: 20% sobre la base declarada entre el salario mínimo y el techo, o 11% y 5% sobre el salario mínimo, con la complementación del 9% o del 15% para que el tiempo cuente. El 11% retenido por las empresas sigue el artículo 30, párrafo 4. El empleador doméstico paga 8% y 0.8% según el artículo 24, y FGTS del 8% más 3.2% según la Lei Complementar 150/2015 (Ley Complementaria 150/2015).

Ejemplo: un empleado que gana R$ 3,000.00 paga 7.5% sobre R$ 1,621.00, 9% sobre R$ 1,281.84 y 12% sobre R$ 97.16, lo que suma R$ 248.60, una alícuota efectiva del 8.29%. En 12 salarios y el 13.º salario son R$ 3,231.80 en el año. Limitaciones: la página considera un solo empleo, por lo que no reparte el techo entre varios trabajos, no calcula intereses por mora y no simula beneficios de jubilación ni jubilaciones especiales. Use el resultado como orientación y confirme los valores con su nómina o con los canales oficiales del INSS.