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Indemnización por despido en España

Estime la indemnización bruta y el finiquito cuando termina un contrato de trabajo en España, según el tipo de despido.

Estos cálculos siguen el Estatuto de los Trabajadores de España (RDL 2/2015), vigente el 19/10/2026.

Los importes son brutos, en euros (€), antes del impuesto sobre la renta y de las cotizaciones a la seguridad social.

Esto es una estimación. Los convenios colectivos, el contrato de trabajo y las circunstancias individuales pueden otorgar más que el mínimo legal; consulta con el empleador, un abogado o la autoridad laboral antes de tomar decisiones.

Contrato
Pagas al año
Terminación
Preaviso
Vacaciones y saldos
Rehacer

Cómo funciona la calculadora de despido de España

La calculadora de España convierte el salario bruto en un salario diario y aplica el Estatuto de los Trabajadores. El salario diario es el salario bruto anual, incluidas las pagas extra si se cobran 14 pagas al año, dividido entre 365. La antigüedad se cuenta en años y cada mes empezado cuenta como mes completo, de modo que 8 años, 3 meses y 15 días se tratan como 8 años y 4 meses. El mismo salario diario se usa para la indemnización, el preaviso y las vacaciones no disfrutadas, por lo que un salario correcto y el número de pagas adecuado son el punto de partida de todos los resultados.

La indemnización depende de cómo termina el contrato. En el despido objetivo son 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades, y la empresa debe dar 15 días de preaviso o pagarlos en su lugar. En el despido improcedente son 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades; el servicio anterior al 12 de febrero de 2012 se computa a 45 días por año con un tope de 720 días. Al terminar un contrato temporal la indemnización es de 12 días por año. El despido disciplinario procedente, la renuncia y el mutuo acuerdo no generan indemnización legal.

Además de la indemnización, el finiquito incluye lo que ya se ha devengado. La calculadora suma el salario de los días trabajados en el último mes, con un mes de 30 días, los días de vacaciones no disfrutados multiplicados por el salario diario y, si hay 14 pagas al año, la parte pendiente de la paga extra. Las pagas extra se devengan por semestres, de enero a junio y de julio a diciembre, así que solo se suman los días trabajados en el semestre del último día de trabajo, en proporción a los días de ese semestre.

Todos los importes son estimaciones brutas del mínimo legal. No se descuentan el impuesto sobre la renta (IRPF) ni las cotizaciones a la seguridad social, y no se aplica la exención fiscal de la indemnización. Los convenios colectivos y el contrato de trabajo pueden fijar otro preaviso, otra forma de devengar las pagas extra o una indemnización mayor, y existen reglas especiales para los despidos colectivos, los trabajadores protegidos y la alta dirección. Use el resultado como referencia y verifíquelo con la empresa, un abogado laboralista o la autoridad laboral antes de tomar una decisión.